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acceso individual a la justicia constitucional en Lituania: el potencial dentro del modelo recientemente establecido del recurso constitucional individual
Author(s) -
Ingrida Danėlienė
Publication year - 2021
Publication title -
revista de derecho político/revista de derecho político
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
SCImago Journal Rank - 0.278
H-Index - 4
eISSN - 2174-5625
pISSN - 0211-979X
DOI - 10.5944/rdp.111.2021.31071
Subject(s) - humanities , persona , tribunal , derecho , philosophy , political science , cartography , geography , law
El 1º de septiembre de 2019 entraron en vigor las enmiendas a la Constitución de la República de Lituania, que establecen por primera vez en el sistema jurídico lituano el derecho de una persona a recurrir directamente al Tribunal Constitucional. Lituania ha optado por el modelo limitado de recurso constitucional individual. La Constitución sólo permite el examen de la constitucionalidad de los actos sobre la base de las cuales se ha adoptado una decisión individual, lo que posiblemente constituya una violación de los derechos y libertades constitucionales de una persona física o jurídica. En consecuencia, el acceso individual directo al Tribunal Constitucional es una medida extraordinaria de defensa de los derechos y libertades constitucionales y sólo es posible tras el agotamiento de todos los recursos jurídicos efectivos, mientras que las decisiones judiciales adoptadas por los tribunales ordinarios no son objeto de control constitucional. En el artículo se llega a la conclusión de que las condiciones previas de una justicia constitucional individual efectiva se crean mediante los siguientes elementos del recurso de inconstitucionalidad. En primer lugar, una definición amplia de los sujetos capaces de interponer un recurso de inconstitucionalidad, que constituyen las personas físicas y todas las personas jurídicas de derecho privado y público. En segundo lugar, una definición amplia del objeto de la revisión, es decir, todas las leyes y otros actos que entran en el ámbito del control de constitucionalidad efectuado por el Tribunal Constitucional (actos normativos e individuales; todos los actos aprobados no sólo por el Parlamento, el Presidente, el Gobierno, sino también por referéndum). En tercer lugar, el efecto retroactivo inter partes de las sentencias adoptadas tras el examen de los recursos constitucionales individuales. En el artículo se llega a la conclusión de que, aunque todavía no se han formulado conclusiones sostenibles sobre la eficacia del mecanismo recientemente establecido, se espera que el recurso constitucional individual se convierta en una medida interna eficaz de último recurso para la protección de los derechos humanos y la libertad con respecto a las prácticas basadas en actos inconstitucionales.

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