z-logo
open-access-imgOpen Access
El delito de impago de prestaciones por separación, divorcio o nulidad de matrimonio
Author(s) -
Blas Jesús Imbroda Ortiz
Publication year - 1992
Publication title -
aldaba
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2603-9265
pISSN - 0213-7925
DOI - 10.5944/aldaba.18.1992.20236
Subject(s) - humanities , philosophy , political science
Nos encontramos ante una de las novedades que incorpora la reforma promovida por la Ley Orgánica 3/1989, de 21 de junio, de actualización del Código Penal. Controvertido y criticado desde su incorporación al Código Penal, voy a efectuar un estudio de las líneas generales en que se configura este delito. El artículo 487 bis del Código Penal dispone: "El que dejare de pagar durante tres meses consecutivos o seis meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial, en los supuestos de separación legal, divorcio o declaración de nulidad del matrimonio, será castigado con la pena de arresto mayor y multa de 100.000 a 500.000 ptas.".

The content you want is available to Zendy users.

Already have an account? Click here to sign in.
Having issues? You can contact us here
Accelerating Research

Address

John Eccles House
Robert Robinson Avenue,
Oxford Science Park, Oxford
OX4 4GP, United Kingdom