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La Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres garantiza, el Derecho de las Mujeres a la Propiedad Agraria en Ejidos y Comunidades en México
Author(s) -
Marcial Reyes Cázarez,
Elvia Higuera Pérez,
Daniel Reyes Cázarez,
Marcela Figueroa Ascencio
Publication year - 2021
Publication title -
south florida journal of development
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
ISSN - 2675-5459
DOI - 10.46932/sfjdv2n2-071
Subject(s) - humanities , political science , art
A través de la historia de México, la participación de la mujer  en el ámbito agrario ha sido constante y efectivo, ya que las mujeres han luchado en igualdad de condiciones  en diversos conflictos armados de tipo social, en las que se han recuperado grandes extensiones territoriales, siendo estas repartidas de forma igualitaria entre los jefes de familia, y la ley agraria descontextualizada de una realidad igualitaria y determinada para las condiciones de la década de los 50´s, apertura el criterio de las comunidades y ejidos a regirse por ley de usos y costumbres, potenciando la exclusión y discriminación de forma más radical. Basándose en una Ley Agraria sexista donde el termino propietario, poseedor, hijos se considera desde un punto preferencial al varón en donde se nulifican los derechos de las mujeres, se toma en cuenta que la mujer únicamente puede acceder a la propiedad si es jefa de familia, pero ante los ojos de la ley Agraria y los usos y costumbres, solamente cuando esta enviuda, se considera posesionaria hasta que uno de sus hijos varones llega a la mayoría de edad y si esta no tuviera un hijo varón las condiciones de sus derechos se verían mermados ya que sería excluida del núcleo ejidal y/o comunal. Derivado de esta realidad las Mujeres son excluidas de la tenencia de la tierra debido a la vulnerabilidad, al interior de los núcleos de posesión, la Ley Agraria, excluye y deja vulnerable a las mujeres debido a que el derecho a la propiedad no se ejerce. Con lo anterior y acorde a los acuerdos internacionales de los que el estado mexicano es parte, se propone, el empoderamiento de las mujeres violentadas de sus derechos humanos y a la tenencia de la tierra, ya que el derecho agrario en su autonomía derivado del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, emite que se deben crear leyes agrarias especiales que deroguen las normas comunes (Usos y costumbres),  de las que podría depender el derecho agrario, así mismo es importante considerar que en la propuesta de políticas públicas se puede realizar la promoción y trabajo con la ciudadanía, tal como se especifica en la Ley para la Igualdad entre Hombres y Mujeres. 

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