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El Estatuto aprobado por las Cortes Generales
Author(s) -
Manuel Medina Guerrero
Publication year - 2006
Publication title -
administración de andalucía/administración de andalucía
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 1697-7580
pISSN - 1130-376X
DOI - 10.46735/raap.n63.391
Subject(s) - humanities , philosophy
Se acordó establecer el día 18 de febrero como la fecha de celebración del referéndum para la aprobación del nuevo Estatuto de Autonomía. El texto definitivamente fijado por las Cortes Generales –como era por lo demás previsible, dado el contenido de “máximos” que caracterizaba a la Proposición de Reforma remitida desde la Comunidad Autónoma– ha introducido diversos retoques y modificaciones –de muy diferente alcance– al texto aprobado por el Parlamento andaluz1. Y es que, como ya sucediera con el Estatuto catalán –al que nuestra Proposición de Reforma siguió en su pretensión de apurar al máximo las posibilidades que ofrece el marco constitucional–, las Cortes Generales han debido velar por que, en la consecución de dicho objetivo, el estatuyente no llegara a desbordar los límites constitucionales. De otra parte, dado que el nuevo Estatuto adquiere un nivel de complejidad notablemente superior al del aún vigente – no sólo por incorporar materias que hasta ahora quedaban extramuros de la norma estatutaria, sino por regular con mucho mayor detalle las cuestiones ya incluidas–, su paso por las Cortes ha servido asimismo para efectuar retoques de carácter técnico destinados a mejorar el texto definitivo también desde el punto de vista de la técnica legislativa.

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