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Los problemas en la gestión patrimonial de los bienes transferidos a las Universidades por la vía del artículo 80.2 de la LOU.
Author(s) -
Darío Canterla Muñoz
Publication year - 2021
Publication title -
administración de andalucía/administración de andalucía
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 1697-7580
pISSN - 1130-376X
DOI - 10.46735/raap.n105.1145
Subject(s) - humanities , art , political science
La Universidad pública española se encuentra ante una situación kafkiana en lo referente a la gestión de parte de su patrimonio inmobiliario, aquel que se le transfirió vía artículo 80.2 de la Ley Orgánica de Universidades. Por un lado, una porción de dicho patrimonio no se acomoda a sus actuales necesidades, por otro lado, si decidiera enajenarlo para financiar sus proyectosla Universidad se vería sometida a la obligación de revertir el bien al Estado o la Comunidad Autónoma. Se ha defendido que la enajenación del bien no permite ejercer el derecho de reversión cuando lo obtenido se reinvierte en el servicio universitario. Este artículo expone las razones por las que no es posible tal interpretación y ofrece una vía de solución a través de la permuta.

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