
La comprensión hegeliana del delito
Author(s) -
Esteban Mizrahi
Publication year - 2021
Publication title -
resistances. journal of the philosophy of history
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
ISSN - 2737-6222
DOI - 10.46652/resistances.v2i4.63
Subject(s) - humanities , philosophy
En el presente trabajo se argumenta que la comprensión hegeliana del delito en la Filosofía del derecho (1821) tiene tres momentos diferenciados y complementarios. En el primero, se define al delito en su concepto con total independencia de lo establecido por la ley positiva; en términos objetivos, el delito puede ser interpretado como un juicio contradictorio en la medida en que niega aquello que afirma: el valor de la persona. En el segundo, se explica por qué una acción delictiva es imputable a un sujeto; en términos subjetivos, el delito es una acción que ha de poder ser imputada a un actor y para ello el agente debe ser consciente de su acto y éste responder a su propósito. En el tercero, se considera la acción criminal a partir de su peligrosidad social; en términos de la eticidad, el delito implica no sólo violencia sino defraudar y poner en tela de juicio las expectativas sociales depositadas en el cumplimiento de las normas vigentes en el Estado.