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¿Es la destrucción del patrimonio un crimen de guerra?
Author(s) -
Jaime Vergara Muñoz,
Miguel Martínez-Monedero
Publication year - 2017
Publication title -
ph. boletín del instituto andaluza del patrimonio histórico/ph/ph. boletín del instituto andaluz del patrimonio histórico/boletín informativo - instituto andaluz del patrimonio histórico
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 1136-1867
pISSN - 1134-6744
DOI - 10.33349/2018.0.4091
Subject(s) - humanities , tribunal , political science , art , law
La destrucción voluntaria e innecesaria de los bienes culturales durante un conflicto armado es una violación de la Convención de 1954, y por lo tanto un crimen de guerra dentro de las competencias del Tribunal Penal Internacional para procesar. Recientemente hemos vivido un ejemplo en el juicio de Ahmad al-Faqi al-Mahdi por la destrucción de monumentos en Tombuctú (Mali). Es un juicio singular por ser la primera vez que se inicia un procedimiento legislativo internacional por cometer crímenes contra el patrimonio y que se califican estos actos como crímenes de guerra. 

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