
La tensión entre el derecho de acceso a la información y el derecho a la protección de datos en España
Author(s) -
José Ma Porras Ramírez
Publication year - 2016
Publication title -
direitos fundamentais and justiça
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2527-0001
pISSN - 1982-1921
DOI - 10.30899/dfj.v10i34.76
Subject(s) - humanities , derecho , political science , philosophy
En España, la legislación vigente establece una relación de límites al derecho a la información particularmente amplia e indeterminada. Tales límites derivan, ya de la propia naturaleza de la información cuyo acceso se solicita; ya de su potencial entrada en conflicto con otros bienes, derechos e intereses jurídicamente protegidos. En este sentido, la Ley se muestra especialmente sensible con la protección de los datos de carácter personal, a la que otorga un régimen jurídico específico. Ello se ve condicionado por la concepción del derecho de acceso a la información como mero derecho de configuración legal, y no de carácter fundamental, lo que lo coloca en una posición de mayor debilidad a la hora de solucionar una eventual colisión con el derecho a la protección de datos de carácter personal, dado el carácter fundamental que éste, en cambio, sí tiene reconocido. De ahí que éste prevalezca habitualmente en caso de conflicto, lo que redunda en detrimento de la transparencia y el control pleno de las actuaciones administrativas que aquel otro propicia. Por tanto, sólo una efectiva reconfiguración del derecho de acceso a la información pública como auténtico derecho fundamental, a través de una oportuna reforma de la Constitución, permitirá situar en posición de equilibrio a ambos derechos, evitando así que la habitual interpretación extensiva del “habeas data” por parte de los operadores jurídicos conduzca a una depreciación de la exigencia democrática de apertura y transparencia que han de ser ejes esenciales de la acción pública. Y así ha de suceder, no sólo para promover la creación de un nuevo y consistente espacio de libertad, sino a fin de efectivamente limitar y controlar, de un modo más perfecto, el ejercicio, por naturaleza siempre tendencialmente desmesurado y opaco, del poder público.