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LA SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA Y LA RESPONSABILIDAD CIVIL. EL PRINCIPIO “ALTERUM NON LAEDERE” Y LA DESPROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS Y PERJUDICADOS
Author(s) -
Miguel Ángel Moreno Navarrete
Publication year - 2018
Publication title -
revista internacional de doctrina y jurisprudencia
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
ISSN - 2255-1824
DOI - 10.25115/ridj.v3i8.1810
Subject(s) - humanities , philosophy , political science
El artículo 81.3 del Código Penal dispone que, para que pueda aprobarse por el juez la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad: “se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado, salvo que el Juez o Tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al Ministerio Fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas”. Entendemos que dicha excepción puede desproteger a víctimas y perjudicados por el incumplimiento del principio alterum non laedere.Palabras Clave: responsabilidad civil, suspensión, pena de prisión.

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