
El contenido y alcance de las tareas de cuidado en los Centros de Atención Residencial
Author(s) -
María Fátima Poyatos Chacón
Publication year - 2021
Publication title -
revista de estudios jurídicos laborales y de seguridad social
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
ISSN - 2660-437X
DOI - 10.24310/rejlss.vi3.13541
Subject(s) - humanities , persona , art , political science , philosophy
Los cambios demográficos y sociosanitarios están originando un incremento progresivo de personas mayores cada vez más longevas, lo que conlleva problemas de dependencia en las últimas etapas de su vida. La valoración de cada caso y el reconocimiento del grado de dependencia establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal es fundamental para que el personal gerocultor desarrolle con calidad el ejercicio de sus funciones, sin dejar a un lado la especial mención que hace la Ley a la formación y a la cualificación de los profesionales y cuidadores. La polémica se suscita en el artículo 17 del VII Convenio Colectivo Marco Estatal de Servicios de Atención a las Personas Dependientes, cuando se especifican las funciones del gerocultor, y la posible incompatibilidad existente en el ejercicio de determinadas funciones residenciales. No obstante, la jurisprudencia avala esa atribución de funciones, en su momento a través de la Sentencia 1/2019, de 21 de enero de la Audiencia Nacional, y de forma posterior en la Sentencia 1024/2020, de 24 de noviembre donde la Sala de lo Social del Tribunal Supremo da firmeza al artículo 17 del Convenio Colectivo.