z-logo
open-access-imgOpen Access
Emociones en la conciliación
Author(s) -
Jovany Sepúlveda-Aguirre,
Maira Alejandra Palacio Cruz,
Francy Daniela García Certuche
Publication year - 2019
Publication title -
administración and desarrollo/administración y desarrollo
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2500-5227
pISSN - 0120-3754
DOI - 10.22431/25005227.vol49n1.5
Subject(s) - humanities , sabr volatility model , psychology , philosophy , mathematics , volatility (finance) , stochastic volatility , econometrics
Es necesario que en la conciliación se integren nuevos saberes que servirán para fortalecer y apoyar la conciliación a la hora de solucionar algún conflicto a través de ciertas disciplinas como la psicología emocional, donde su rol será de gran importancia, ya que es bastante común que las partes lleguen emocional y sentimentalmente afectadas. El propósito de este trabajo será entonces integrar algunos métodos como la Terapia Cognitivo Conductual (en adelante TCC), la integración y el conocimiento emocional al campo del derecho. El objetivo de estas tres alternativas permitirá identificar y modificar patrones de pensamiento y conductas erróneas que generalmente son causadas por las emociones.Para lograr esto, es necesario que los abogados conciliadores conozcan algunos enfoques que brinda la psicología para que después practiquen su conocimiento acerca de esta área en una audiencia de conciliación. De esta forma, al estar preparados y capacitados, sabrán identificar si el conflicto es real o es un conflicto irreal y más emocional ya sea a causa de problemas en la comunicación o interpretación, etc. y de estar forma al observar el problema central, sabrán cómo orientarlos cuando se pueden tornar agresivos, sientan estrés o miedo por la presión de la otra parte.Teniendo en cuenta todo esto, se observa que los conflictos sociales pueden surgir por cualquier razón, como el desconocimiento y mal uso de las emociones. Por ello es relevante aclarar que el derecho no es solo una ciencia social cuadriculada ni hermética que únicamente permite criterios estrictos, pues también es cierto que el derecho se encarga de sancionar conductas que provienen de las emociones. Por esta razón no resulta incongruente acudir a la psicología emocional como auxiliar para el derecho.

The content you want is available to Zendy users.

Already have an account? Click here to sign in.
Having issues? You can contact us here