
PROTECCIÓN INTERDICTAL DE BIENES PÚBLICOS DE USO COMÚN. ESTUDIO COMPARADO
Author(s) -
Laura Arroyo
Publication year - 2017
Publication title -
revista de la facultad de derecho de méxico
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2448-8933
pISSN - 0185-1810
DOI - 10.22201/fder.24488933e.2008.249.61218
Subject(s) - humanities , political science , philosophy
Actualmente en nuestro país nos encontramos ante situaciones polémicas respecto la protección de los bienes públicos. Esta problemática se agrava debido a la poca y deficiente regulación. Un ejemplo de ello es el abuso que realizan algunos, argumentando la mal entendida garantía de libertad de expresión, cuando impiden el ejercicio del derecho de uso de los bienes públicos de uso común como vías, caminos públicos, a los demás. En el presente artículo analizo la protección de los bienes públicos en el derecho romano clásico y, luego, en el derecho mexicano, en especial a los bienes públicos de uso común. Las razones por las que me inclino al estudio de los bienes públicos de uso común son, principalmente, la problemática que enfrentamos actualmente debido a la falta de defensa de los usuarios de bienes públicos destinados al uso común, aunado a que los romanos desarrollaron con más profundidad los interdictos que protegen dichos bienes, a diferencia de que sólo existió un interdicto que protegía al concesionario de un bien público para que no se le impidiera el ejercicio de su derecho. Este es el interdicto sobre el disfrute de un lugar público (Interdictum de loco publico friendo).