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La indemnización por error judicial: el derecho olvidado al imputado dentro de la reforma constitucional de seguridad y justicia del año 2008
Author(s) -
Xóchithl Guadalupe Rangel Romero
Publication year - 2015
Publication title -
revista de el colegio de san luis/revista de el colegio de san luis
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2007-8846
pISSN - 1665-899X
DOI - 10.21696/rcsl5102015609
Subject(s) - humanities , philosophy , persona , political science
Hoy en día, por encontrarnos dentro de un Estado constitucional de derecho, pareciera sobreentenderse que el aparato judicial actúa en pro del bien común y la paz social, y que esta situación siempre será así; sin embargo, al presente, la actuación del Estado de manera privativa encuentra sus extremos, es decir, lleva a tal exceso el uso del ius puniendi que en muchas de las ocasiones sus actuaciones no son las más precisas y viables posibles, de manera que toda actuación por parte del Estado tiene que ir encaminada a garantizar, tanto al imputado como a la víctima y el ofendido, seguridad de que su actuación será siempre la correcta, para llevar a buenos términos el procedimiento penal. Sin embargo, al presente se encuentra un Estado judicial debilitado, dado que éste no se ha hecho responsable de su desempeño* para con el imputado, por lo cual la persona que dentro del sistema penal acusatorio sea detenida de manera ilegal o en su caso sea condenada en sentencia firme y que haya cumplido una pena o esté en cumplimiento de ésta, y que por hechos nuevos se demuestre que existió un error judicial grave, debe tener derecho a una indemnización, y además a que su pena, en el caso de que se encuentre en cumplimiento, sea anulada. Lo anterior reviste no sólo un derecho de toda persona imputada, sino, que hoy en día debe ser considerado un derecho al imputado que por necesidad debe estar consagrado en el artículo 20 constitucional, inciso B.

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