
La observancia a nivel judicial, del principio del ne bis in idem y el tratamiento diferenciado, en los requerimientos contra el Estado-demandado (Perú) El apercibimiento por incumplimiento de sentencias judiciales de carácter dinerario
Author(s) -
Edgardo Salomón Jiménez Jara
Publication year - 2019
Publication title -
lex
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2313-1861
pISSN - 1991-1734
DOI - 10.21503/lex.v17i24.1811
Subject(s) - humanities , political science , philosophy
Las sentencias con calidad de cosa juzgada deben ser cumplidas en sus términos, como una garantíaconstitucional de la tutela jurisdiccional efectiva. Dentro de las diversas sentencias que seemiten, algunas corresponden a obligaciones dinerarias que deben ser asumidas por el Estado-demandado,contra quien se emite el apremio de multa o de remitir copias al Ministerio Públicoen caso de incumplimiento. Por ello, a través del presente trabajo abordaremos dichos aspectos vinculados no solo a la obligación del deudor de satisfacer la pretensión del acreedor sino a los apremios que se emiten contra la entidad estatal sea nacional, regional o local, a fin de establecer si dichos requerimientos vulneran garantías constitucionales o se incurre en omisiones al inobservar otras disposiciones vigentes en nuestro ordenamiento jurídico. Palabras clave: sentencia, tutela jurisdiccional efectiva, presupuesto, facultades, multa.