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Derecho, Razón y Emoción
Author(s) -
M. N. S. Sellers
Publication year - 2019
Publication title -
revista de filosofía uis/revista filosofía uis
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2145-8529
pISSN - 1692-2484
DOI - 10.18273/revfil.v18n2-2019012
Subject(s) - humanities , philosophy , derecho
el derecho, la razón y la emoción tienen una larga, estrecha y complicada relación en la historia de la filosofía y de la justicia. Esta discusión sugiere que el derecho gana legitimidad y eficacia cuando une la razón con la emoción, que la razón y la emoción humana son los valores rectores de cualquier sistema jurídico justo, que todos los sistemas jurídicos dicen ser justos y que todos los sistemas jurídicos y todos los académicos del derecho hacen uso de estas ideas, ya sea que las reconozcan o no. Este artículo busca aclarar los conceptos “derecho”, “razón”, “emoción”, “justicia”, “eficacia” y “Estado de derecho”, con el fin de comprender mejor cómo se relacionan entre ellos y así establecer la agenda para un mayor diálogo entre los mismos. Para lo anterior, el primer paso sería considerar cómo estas palabras han sido y deberían usarse para una mejor comprensión y un eventual mejoramiento del derecho y la sociedad. Razón y emoción son los pilares gemelos del derecho, que hacen que este último sea legítimo, justo y eficaz cuando se toman debidamente en cuenta. Nadie puede entender correctamente el derecho sin hacer referencia tanto a la emoción humana como al propósito con el que el derecho existe para servir, que es el bienestar racional de todos y cada uno de los miembros de la sociedad.