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Presunción de inmuebles baldíos carentes de antecedentes registrales y de titulares de derechos reales
Author(s) -
Flor Margoth González Flórez
Publication year - 2019
Publication title -
academia y derecho/academia and derecho
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2539-4983
pISSN - 2215-8944
DOI - 10.18041/2215-8944/academia.18.6005
Subject(s) - humanities , political science , geography , art
Se exponen las teorías de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia en cuanto a la determinación de la naturaleza jurídica de inmuebles que no tienen antecedentes registrales ni titulares de derechos reales, respecto de los cuales se solicite la declaración de pertenencia. El trabajo concluye que el régimen jurídico de los bienes baldíos en Colombia, con la Ley 160 de 1994, corresponde al modelo de “título de adjudicación”, y, en consecuencia, contario a lo establecido en la Ley 200 de 1936, se estipuló la presunción de dominio del Estado. Por lo tanto, cuando el predio no tiene antecedentes registrales, el juez que conoce del trámite de pertenencia, está en la obligación de vincular y solicitar a la Agencia Nacional de Tierras que adelante el proceso de clarificación de la propiedad.

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