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LAS RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES DE LOS MIEMBROS DE LAS CORPORACIONES LOCALES Y EL DERECHO CONSTITUCIONAL A LA INTIMIDAD PERSONAL.
Author(s) -
Antonio Domínguez Vila
Publication year - 1991
Publication title -
revista de estudios de la administración local y autonómica
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 1989-8975
pISSN - 1699-7476
DOI - 10.24965/reala.vi249.8672
Subject(s) - humanities , philosophy
El Derecho al honor y a la intimidad personal esta garantizado en el articulo 18 de la Constitucion y desarrollado por medio de la Ley Organica 1/82 de 5 de mayo. En el articulo 7.4 de dicha norma se establece que la revelacion de datos privados de una persona, conocidos a traves de su actividad profesional u oficial de la persona quien los revela, tiene la consideracion de intromision ilegitima en el ambito de la proteccion de la intimidad personal y familiar. A la vista de dicho articulo es menester delimitar la afeccion que a dicho derecho fundamental se puede producir por la publicidad que pudiera hacerse de las retribuciones que perciben los miembros de las Corporaciones Locales. Pero, con caracter previo, se debe de discernir si las remuneraciones que perciben los concejales en el ejercicio de su funcion tienen la condicion de datos privados o publicos, asi como los limites de su privacidad.

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