LA APROBACION DE LOS PLANES MUNICIPALES DE URBANISMO Y RECURSOS CONTRA LOS MISMOS
Author(s) -
Nemesio Rodríguez Moro
Publication year - 1968
Publication title -
revista de estudios de la administración local y autonómica
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 1989-8975
pISSN - 1699-7476
DOI - 10.24965/reala.vi160.7651
Subject(s) - geography , humanities , art
La cuestion a que el epigrafe se refiere viene dando lugar a honda controversia. El Tribunal Supremo no ha adoptado una postura clara y definida en este problema, y recientes sentencias mantienen tesis contrapuestas. Asi, la sentencia de 27 de mayo de 1966 (*), que revoca la de la Audiencia Territorial, considera que una vez aprobado el Plan de Ordenacion urbana de San Sebastian por el Ministro de la Vivienda y Urbanismo actuando como Comision Central, no era procedente «1 recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Territorial. En cambio, la sentencia de 30 de marzo de 1968 dice categoricamente que, recibida la aprobacion del Ministerio para un Plan parcial de Ordenacion urbana de Alicante, el recurso que contra aquel Plan puede interponerse es el contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de la Audiencia Territorial, haciendo el Tribunal Supremo suyas las razones aducidas al efecto en la sentencia del Tribunal a quo, que confirma. Pero antes de entrar a analizar las razones en que se fundamenta «sta sentencia, parece oportuno recordar como se elaboran y tramitan los Planes de ordenacion urbana de caracter municipal.
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