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LÍMITES AL PODER CONSTITUCIONAL PRESUPUESTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS
Author(s) -
Óscar Nava Escudero
Publication year - 2017
Publication title -
revista de la facultad de derecho de méxico
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
eISSN - 2448-8933
pISSN - 0185-1810
DOI - 10.22201/fder.24488933e.2006.246.61535
Subject(s) - humanities , political science , philosophy
LIMITES AL PODER CONSTITUCIONAL PRESUPUESTARIO DE LA CAMARA DE DIPUTADOS Oscar Nava Escudero* SUMARIO: Introduccion. I. El poder presupuestario del organo legislativo. a) La creacion y supresion de empleos publicos. b) La expedicion de leyes sobre planeacion nacional del desarrollo economico y social. II. La rectoria economica del Estado. a) Planeacion del desarrollo nacional, Plan Nacional de Desarrollo y sistema de planeacion democratica. b) Vinculacion del Plan nacional de desarrollo. 1. Con las entidades federativas. 2. con las representaciones de los grupos sociales. 3. con los particulares en general. 4. Con el Congreso de la Union. c) Planeacion e informacion. III. Examen, modificacion y aprobacion del proyecto de presupuesto. IV. Poder constitucional presupuestario de modificacion. V. Las observaciones del Ejecutivo federal al presupuesto aprobado por la Camara de Diputados. a) El Presupuesto de Egresos como ley. b) Peculiaridades del procedimiento de aprobacion del Presupuesto de Egresos. VI. Conclusion. Introduccion El presente trabajo intenta responder a diversos cuestionamientos juridicos en materia presupuestaria que surgen en virtud del cambio de correlacion de fuerzas politicas en los poderes Legislativo y Ejecutivo Federales, y de la desafortunada sentencia a la Controversia Constitucional 109/2004 emitida por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nacion (SCJN). Como bien se sabe, en muchos paises del mundo, el Presupuesto se aprueba por las dos camaras legislativas, en otros muy pocos, como en Mexico, se aprueba por una sola de las camaras, la de Diputados. En el sistema juridico mexicano la Camara de Senadores no participa de la discusion y aprobacion del Presupuesto de Egresos de la Federacion (PEF) por razones eminentemente historicas, las cuales no vamos a examinar pues esto ya se ha hecho con mayor profundidad por otros autores. Lo que aqui interesa, es poner de manifiesto, bajo la optica del derecho positivo mexicano, la intervencion que tiene el Congreso de la Union en el ejercicio de sus facultades constitucional-presupuestarias, y los limites que a estas tiene la Camara de Diputados con motivo de la aprobacion del PEF.

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