BREVE REFLEXIÓN ACERCA DE LA FUTURA LEY SOBRE EL EJERCICIO DE LA CORRESPONSABILIDAD PARENTAL
Author(s) -
Ramón Herrera de las Heras
Publication year - 2018
Publication title -
revista internacional de doctrina y jurisprudencia
Language(s) - Spanish
Resource type - Journals
ISSN - 2255-1824
DOI - 10.25115/ridj.v3i8.1813
Subject(s) - humanities , philosophy
Según publica el diario El País, la futura norma establece un nuevo régimen de corresponsabilidad parental en el que prima “el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los hijos”. Aunque tendremos que esperar a conocer el contenido de la misma, por lo que se ha avanzado se otorgará la custodia compartida “si media acuerdo entre los progenitores con una mínima intervención judicial”. También “aun cuando no medie acuerdo, si se solicita por uno de ellos, o, si el otro progenitor también insta la guarda y custodia para sí”. Por último, se otorgará la custodia compartida de forma excepcional “aunque ninguno de los progenitores solicite su ejercicio compartido, el juez motivadamente y previo informe del Ministerio Fiscal, podrá acordarlo si sólo de esta forma se protege el interés superior de los hijos”. Aunque realmente esto no se trata de una auténtica novedad, puesto que, como sostenía ya en un artículo publicado en 2010, “la legislación actual ya recoge la posibilidad de que, a pesar de que uno de los progenitores se niegue al régimen de guarda y custodia compartida, el Juez sí que podrá concederla. Cosa distinta es que esta situación sea excepcional y pueda ser necesario que se amplíe esa posibilidad.”
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